Entra en vigor la reforma del Reglamento de Circulación para reforzar la protección de los usuarios vulnerables

Por primera vez, se define a los usuarios vulnerables -peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de VMP-, y se incorpora al Reglamento el título VI, dedicado a las normas de circulación específicas en zonas urbanas

A partir del día 1 de octubre entran en vigor las modificaciones del Reglamento General de Circulación aprobadas mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio. Esta reforma tiene como objetivo prioritario incrementar la seguridad de los usuarios vulnerables de la vía, adaptando la normativa a la transformación que ha experimentado la movilidad en estos últimos veinte años, en los que el enfoque centrado en la carretera y en el vehículo se ha desplazado hacia las personas y sus formas de desplazarse.

Por primera vez, el Reglamento recoge la definición formal de "usuario vulnerable de la vía", referida tanto al medio de desplazamiento como a las características físicas y de edad de quienes tienen mayor riesgo de sufrir lesiones en un siniestro de tráfico o que sean de más gravedad. En esta categoría se incluyen los peatones -con especial atención a los menores y a las personas mayores o con discapacidad-, pero también ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) y conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.

El otro eje fundamental de la reforma es la movilidad segura y sostenible en el ámbito urbano, que se materializa con la incorporación al Reglamento del título VI, dedicado a las normas de circulación específicas en zonas urbanas.

Con estos cambios, la normativa se adapta a la creciente presencia de usuarios vulnerables y busca facilitar la convivencia entre distintos modos de desplazamiento. Además, tiene en cuenta que todos podemos ser vulnerables en algún momento por el medio de transporte que utilizamos o porque la edad o las circunstancias personales aumentan exposición al riesgo o la gravedad de las lesiones que podemos sufrir en caso de siniestro.

Asimismo, se alinea con los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, aprobada por la ONU en 2015, especialmente en ámbitos como la salud y el bienestar, la apuesta por una energía asequible y no contaminante, el desarrollo de ciudades y comunidades sostenibles y la acción por el clima, entre otros.

Principales novedades

Vehículos de movilidad personal (VMP)

Bicicletas

- En vías interurbanas:

  1. Reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.
  2. Mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.
  3. Cambiar completamente de carril cuando la calzada tenga más de un carril por sentido.

- En vías urbanas:

Motocicletas y ciclomotores

Usos profesionales (Riders)

Peatones

Circulación con nieve y carriles de emergencia

Vías de 2 carriles: los vehículos se orillan a ambos lados dejando espacio central libre.

Vías de 3 carriles: el carril izquierdo se orilla a la izquierda y el central y derecho se orillan a la derecha (el espacio libre se abre entre el carril izquierdo y el central).

Otras modificaciones

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